Disponen nuevas medidas para prevenir accidentes laborales

Las empresas donde suceden más accidentes deberán aplicar planes especiales de mejoras

Mientras sigue demorada una reforma de la ley de accidentes laborales, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dispuso en los últimos días ajustes en el funcionamiento del sistema.

Por un lado, se diseñó un esquema para obligar a realizar planes especiales de mejora de las condiciones de trabajo a las empresas donde más accidentes ocurren. Otra resolución, en tanto, redefine las responsabilidades de las empresas empleadoras y las aseguradoras en materia de prevención.

Según afirmó el superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, el 40% de los accidentes laborales se produce en tan sólo 1% de las empresas.

En base a esos datos se priorizó la puesta en marcha de un nuevo programa de rehabilitación que deberán gestionar las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y que está orientado a que las empresas con mayor cantidad de accidentes de trabajadores desarrollen un plan de reducción de la siniestralidad y un programa de adecuación a las normas.

La obligación abarcará a las firmas que tienen 50 o más trabajadores y registren índices de incidencia (cantidad de accidentes por trabajadores asegurados) que superen en más de un 10% el promedio registrado por los empleadores de la misma actividad.

Para la comparación se fijaron 159 categorías. También quedarán obligadas las firmas en las que al menos un trabajador haya fallecido en un año por causas laborales.

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En rigor, no es la primera vez que se establece una acción dirigida a las empresas consideradas riesgosas.

Pero, según González Gaviola, los programas no tuvieron hasta ahora un resultado demasiado satisfactorio por la falta de seguimiento. Según el funcionario, la Superintendencia logró aumentar en el último año en un 70% la cantidad de inspectores.

Por otra parte, la resolución que fija nuevas pautas para la contratación de pólizas del seguro establece que las ART deberán evaluar, antes de los 90 días hábiles posteriores a la firma de un contrato, “la verosimilitud” de los datos que le haya informado el empleador respecto de los factores de riesgos existentes en los lugares de trabajo.

Esas obligaciones de información y verificación rigen desde este mes y son para empresas con más de 5 empleados, aunque la exigencia se expande a firmas más pequeñas si en el lugar de trabajo existe algún elemento “de riesgo higiénico”, como una sustancia cancerígena.

También se establece que, al admitir una empresa la presencia de situaciones de riesgo, deberá indicar los plazos en que prevé regularizarse para cumplir con normas de prevención.

La resolución, que lleva el número 463, contempla en rigor un rediseño del esquema de responsabilidades ya existentes.

CAMBIOS NECESARIOS

Según recordó el presidente de la Unión de ART, Jorge Aimaretti, la regulación sobre la firma de los contratos llevaba casi 13 años de vigencia “y ameritaba una reconsideración a la luz de la experiencia”.

El directivo consideró que la nueva norma se enmarca en las responsabilidades que la ley le asigna a cada parte y estimó que su eficacia “se verá con la experiencia”.

En los últimos tiempos, la Justicia determinó -en fallos referidos a reclamos de trabajadores accidentados- cargos a las empresas o a las ART, dependiendo de si se había cumplido o no con las exigencias legales que tienden a evitar accidentes.

Dos meses atrás, en la causa “Torrillo” la Corte Suprema culpó a la aseguradora por no haber hecho el debido seguimiento ni advertir a la empresa sobre la necesidad de modificar las condiciones de trabajo.

El relevamiento de elementos de riesgo y la presentación de planes de prevención serán ahora obligatorios cada vez que se renueve un contrato del seguro.

Y si la empresa no cumple, la ART deberá aplicar como castigo un recargo del 50 por ciento en la alícuota.

El costo del seguro se define como un porcentaje de la masa salarial de la empresa. Los precios actuales se mueven en un rango amplio, que va desde menos del 1% hasta algo más del 10% en sectores de mayor riesgo.

Abogado Laboral

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