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¿QUÉ HACER SI TRABAJO EN NEGRO Y SUFRO UN ACCIDENTE DE TRABAJO?

Como bien sabemos, los accidentes de trabajo son infortunios ocurridos en ocasión del trabajo y como tales se encuentran regulados en la ley 24.557.

El trabajador que fue víctima de un accidente de trabajo y en consecuencia sufra una incapacidad permanente por el daño ocasionado, tiene derecho a una indemnización tarifada y cuyo cálculo surge de una fórmula matemática que se nutre de variables tales como: edad del trabajador al momento del accidente, porcentaje de incapacidad e ingreso bruto mensual.

Calculadora de Indemnización por Accidente Laboral

Sobre este último punto se desprende un interrogante ¿cuál es el ingreso bruto mensual de un trabajador cuya relación laboral se encuentra fuera de registración?

A fin de responder esta pregunta debemos adentrarnos un poco en cuál es el espíritu de la Ley de Riesgos del Trabajo. En tal sentido, La Ley propone en su marco teórico la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, además de asegurar al trabajador adecuada atención médica en forma oportuna, procurando su restablecimiento. Esta Ley plantea (teóricamente) reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos laborales, basándose en la obligación de desarrollar planes de mejoramiento y de vigilar continuamente las condiciones y medio ambiente de trabajo, como asimismo la de monitorear el estado de salud de los trabajadores, derivado de la exposición a estos riesgos, a través de la realización de exámenes médicos.

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Ahora bien, el Sistema de Seguridad Social tiene como objetivo reducir la siniestralidad en el trabajo a través de la prevención de riesgos en la actividad laboral y reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales. Es obligatorio para todos los empleadores afiliarse a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) o acreditar los requisitos para autoasegurarse ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Sin embargo, es requisito que el trabajador se encuentre registrado para que cuente con la cobertura de la ART o empleador autoasegurado.

Por lo tanto, en respuesta al interrogante planteado, el trabajador que es parte de una relación laboral sin registración no cuenta con un ingreso bruto mensual ni tampoco tiene cobertura ante un accidente de trabajo. La solución a tal inconveniente es energizar un reclamo ante la justicia del trabajo a través del cual se pruebe la relación laboral y en consecuencia endilgarle al empleador la responsabilidad del pago de la indemnización correspondiente por el daño sufrido en virtud del accidente de trabajo acaecido.


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