La Justicia reconoce a un trabajador su hernia de disco como laboral

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En una causa que llevamos adelante, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo nro. 72, condenó a la ART a pagar una indemnización al trabajador que se había lastimado la espalda.

El trabajador laboraba en un depósito donde se almacenaban productos de supermercados. Manipulaba cajas llenas de mercadería, las que debía controlar, pesar, guardar en su lugar y sacar para armar los pedidos para los supermercados. Así, cargaba cajas de entre 40 y 50 kg., durante 40 horas semanales.

En este caso puntual, el trabajador tenía dos hernias de disco que fueron reparadas.

En la causa en cuestión, declararon como testigos compañeros de trabajo quienes desempeñaron tareas en las mismas condiciones sin elementos de seguridad.

Además, el juez tuvo en cuenta el informe del perito médico. En todo reclamo judicial interviene un médico imparcial. Su tarea es evaluar el estado de salud del trabajador y definir qué lesión tiene y cuál es el porcentaje de incapacidad que le genera.

En la causa que te contamos, el médico determinó que las tareas del trabajador “constituyen un mecanismo suficientemente idóneo para provocar las lesiones detectadas en el actor”.

Por eso, el Juez consideró que “la mecánica laborativa … ha sido la causa directa e inmediata de la patología constatada”.
El médico del juicio determinó que el trabajador tenía una incapacidad total del 20%.
Y en base a ello, la justicia condenó a la ART a indemnizar.

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