¿Cuánto se indemniza por rotura de meniscos?

Hoy queremos compartir con ustedes un caso reciente que fue atendido por nuestro estudio jurídico y que demuestra la importancia de conocer nuestros derechos en casos de accidentes laborales. En esta ocasión, queremos contarles sobre la intervención de la Comisión Médica en el caso de un operario metalúrgico de 26 años que sufrió un accidente en su lugar de trabajo.

El accidente ocurrió en marzo de 2022, alrededor de las 09:30 de la mañana. El trabajador relató que mientras realizaba su tarea habitual, sufrió una caída sobre su rodilla izquierda. Este incidente le ocasionó un traumatismo y una entorsis en la rodilla. Inmediatamente, recibió asistencia médica por parte del prestador de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) correspondiente.

El equipo médico de la ART realizó estudios radiológicos y de resonancia magnética, así como sesiones de fisioterapia kinésica y finalmente lo dio de alta médica. Sin embargo, posteriormente, se determinó por dictamen médico que era necesario realizar una intervención quirúrgica artroscópica para tratar una lesión en el ligamento cruzado anterior, así como una lesión meniscal. Después de la cirugía, continuó con sesiones de fisioterapia kinésica hasta recibir el alta médica definitiva 10 meses después del accidente.

En este caso, la Comisión Médica número 15 de Moreno, Prov. de Buenos Aires, intervino para determinar el grado de incapacidad laboral resultante del accidente. Tras evaluar la documentación y los datos obtenidos en la audiencia médica, la Comisión Médica dictaminó que correspondía fijar un porcentaje de incapacidad.

El diagnóstico estableció que presentaba un 4% de incapacidad debido a la meniscectomía parcial en su rodilla izquierda sin secuelas, y un 3% de incapacidad debido a la plástica del ligamento cruzado anterior, lo que en total sumaba un 7% de incapacidad permanente parcial.

A ello se le suman otros factores como la edad y la dificultad para realizar las tareas anteriores en su trabajo, motivo por el cual se elevó el porcentaje a 8.40%.

Este caso nos demuestra la importancia de conocer nuestros derechos como trabajadores y contar con el respaldo de profesionales especializados en el área jurídica. La Comisión Médica, en este caso, pudo evaluar las secuelas del accidente y establecer una compensación adecuada.

Además, es fundamental tener en cuenta los riesgos a la salud que pueden derivarse de los accidentes laborales. En este caso, la lesión en la rodilla y los ligamentos pudo haber tenido consecuencias más graves si no se hubiera actuado de manera rápida y eficiente. Por eso, es fundamental tomar todas las medidas de seguridad necesarias en nuestros lugares de trabajo.

La pronta intervención y el tratamiento adecuado pueden marcar la diferencia en nuestra recuperación y en la determinación de la incapacidad laboral.

En nuestro estudio jurídico, nos enorgullece haber podido representar al trabajador en este caso y haber logrado un resultado favorable en cuanto a la determinación de su incapacidad laboral. Creemos firmemente en la importancia de defender los derechos de los trabajadores y asegurarnos de que reciban la compensación que les corresponde.

Queremos recordarles a todos los trabajadores que, en caso de sufrir un accidente laboral, es fundamental primero realizar la denuncia a la ART para recibir tratamiento médico. Posteriormente, será la Comisión Médica es la encargada de evaluar las secuelas y determinar el grado de incapacidad, y contar con el respaldo de profesionales en el área puede marcar la diferencia en el resultado final.

Recuerden siempre la importancia de cuidar nuestra salud y de conocer nuestros derechos como trabajadores.

(*) R., E. R. c/ EXPERTA ART SA s/ Divergencia en la determinación de incapacidad

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