Preguntas recurrentes frente a un nuevo Contrato de trabajo

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¿Debe firmarse un contrato con la empresa?

¿Qué duración tiene?

¿Cuál es el periodo de prueba?

¿Qué se debe hacer si alguna de las partes quiere finalizar el vínculo laboral?

 

Contrato de Trabajo por Escrito

La ley no menciona un escrito específico para los contratos: Las partes podrán elegir libremente la forma que prefieran, a menos que otras leyes o convenios colectivos tengan diferentes disposiciones (Art. 48 ) Los contratos de duración determinada son por escrito y su plazo no deben exceder de 5 años. Estos son renovables, pero sólo cuando el tipo de tarea / actividad lo justifique (Art. 93 ) .

Los contratos de trabajo se pueden hacer para el trabajo a tiempo parcial (menos de 2/3 de las horas normales de trabajo), el trabajo estacional, el trabajo ocasional (art. 90 a 100). No existe una disposición clara en la ley que obligue a los empleadores a proporcionar un contrato de trabajo por escrito o indicaciones de empleo por escrito a los trabajadores. La ley exige que el empleador debe registrar los datos de los empleados en un libro que debe ser sellado y numerado por el Ministerio de Trabajo. Este libro contendrá los datos básicos de los empleados (Art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo)

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Contratos de Duración Determinada e indeterminada.

El contrato se considerará siempre un contrato por tiempo indefinido, a menos que se especifique el tiempo de duración en forma escrita o que la tarea / actividad se realice con claridad durante un tiempo limitado.

El derecho laboral argentino prohíbe la contratación de trabajadores con contratos de duración determinada para las tareas de carácter permanente. La ley también establece la duración máxima de un único contrato de duración determinada a ser de 60 meses / 5 años (IAT).

Período de prueba

El período de prueba se fija en 3 meses en la Ley de Contrato de Trabajo (Art. 92bis). Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador más de una vez utilizando el período de prueba.

Requisito de Notificación en caso de despido o renuncia.

Cualquiera de las partes puede poner fin a un contrato mediante notificación o pagando en su lugar (Art. 232 de la Ley de Contrato de Trabajo). De acuerdo con el artículo 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, se requiere un período de preaviso  de 15 días si un empleado quiere dar por terminado el contrato de trabajo. Si un empleador quiere poner fin a los servicios de un empleado, el plazo de preaviso legal es:

a. 15 días durante el período de prueba;

b. 1 mes para los empleados con más de 3 meses pero menos de 5 años de servicio, y

c. 2 meses para los empleados con más de 5 años de servicio

Las Partes están obligadas a cumplir las obligaciones derivadas del contrato durante el período de preaviso.

Indemnizaciones.

La indemnización por despido es igual a la remuneración básica de 1 mes por cada año completo de servicio (y cualquier fracción mayor a 3 meses) en el caso de despido injustificado (despido improcedente) (Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo). Si un empleador despide a un empleado por un motivo no imputable al trabajador, es decir, razones económicas como fuerza mayor, falta o disminución de trabajo, un empleado tiene derecho a la mitad del salario mensual por cada año de servicio (Art. 247)

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