Nueva ley de riesgos del trabajo en Argentina – Comisiones Médicas

Una vez cada tres años se modifica el sistema de riesgos del trabajo y de ART
La última reforma fue en febrero de este año y no podés quedar desactualizado o al margen.
No te olvides que estamos hablando de tu salud. Lo que se modifica es lo que pasa si te lastimás o te enfermás como consecuencia del trabajo. Y eso es muy importante.
Hoy voy a hablar de la gran reforma de este año para que en sólo 5 minutos sepas de qué se trata y qué tenés que hacer.

La nueva ley hizo dos cambios importantes en el sistema. Sobre uno voy a hablar ahora y el otro lo charlaremos en una próxima entrada.

¿Cuál es este cambio importante?
Si te lastimaste o enfermaste y no estás de acuerdo con lo que decidió tu ART, tenés que ir obligatoriamente a las Comisiones Médicas.

Las Comisiones Médicas son un organismo que depende del Poder Ejecutivo. Existen en todo el país y una Comisión Central, cada una de ellas está formada por cinco médicos.

ART enfermedad laboral

Supongamos que un trabajador sufre un accidente en la empresa: trabaja en un depósito de mercaderías y una pila de cajas de envasados (choclo, arvejas) se tambalea y cae.
El trabajador intenta esquivarlas, pero caen sobre su pie izquierdo, fracturándolo. Inmediatamente, se hace la denuncia a la ART.
Le realizan una radiografía, inmovilizan la zona para que suelde la fractura y hace sesiones de kinesiología para rehabilitarse.
Luego de la última sesión de kinesiología, el médico de la ART le dice que está sano y que puede volver a trabajar, por lo que le da el alta médica “sin incapacidad”.
Sin embargo, el trabajador sigue con dificultades para caminar.
En ese caso, sí o sí hay que ir a la Comisión Médica donde los médicos revisan al trabajador y hacen un dictamen.
Si los médicos advierten que el trabajador puede recuperar la movilidad en el pie, le indican a la ART que continúe con las sesiones de kinesiología.
Por otro lado, si detectan que la lesión ya está consolidada, por ejemplo, porque soldó mal, van a evaluar la incapacidad que ello genera y le van a indicar a la ART que abone una indemnización por el accidente.

También puede ocurrir que la Comisión Médica esté de acuerdo con el alta médica “sin incapacidad” que otorgó la ART.
En este caso, el trabajador puede pedir a la Comisión Médica Central que mencionamos antes, que revise el dictamen.

Pero si no tuviste un accidente y lo que tenés es una enfermedad profesional, ¿qué ocurre?
En casi todos los casos las ART rechazan la denuncia de la enfermedad diciendo que el trabajador no la contrajo trabajando.
En estos casos, el trabajador también debe acercarse a la Comisión Médica para que determine el carácter laboral de su enfermedad e indique a la ART que brinde asistencia médica.

¿Y este cambio es bueno o malo?
Con el régimen anterior, el trabajador podía solicitar directamente a la justicia del trabajo que:
– determine si el accidente o la enfermedad son consecuencia del trabajo;
– el grado de incapacidad que tiene el trabajador;
– pedir que le brinden asistencia médica;
– cobrar una indemnización.

Sin embargo, la nueva ley exige al trabajador que inicie el trámite ante las Comisiones Médicas.
Eso tiene una ventaja y una desventaja:
Si la Comisión Médica modifica lo decidido por la ART, el trabajador resolverá su problema muchísimo más rápido que si hubiera iniciado una acción judicial.
Pero, si la Comisión Médica decide lo mismo, todo el trámite demoró aún más la satisfacción de su derecho a la integridad y la salud.

Además, actualmente existen muy pocas Comisiones Médicas, sobre todo en las provincias, lo que dificulta muchísimo a los trabajadores acceder a ellas.
Podés entrar a la siguiente página para ver el domicilio de la más cercana a tu casa Click Aquí.

Si conocés a alguien que necesite esta información, podés compartírsela haciendo click en los íconos de las redes sociales y si te quedó alguna duda, ya sabés, la puerta de los comentarios está abierta para vos.

En una próxima entrada explicaremos el otro cambio sobre el que hicimos mención al principio: La modificación de la forma de calcular la indemnización. No te la pierdas.

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